A raíz de la grave situación sanitaria como consecuencia del COVID-19, y tras la declaración del estado de alarma, se han planteado problemas en el pago de los alquileres. El Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo vino a dar respuesta a la situación creada

La medida más importantes es la suspensión de los desahucios por un plazo máximo de seis meses  a partir del 2 de abril de 2020 (esto es, hasta el 2 octubre), debiendo solicitarse una vez terminado el estado de alarma.

Pueden acojerse a esta medida quienes paguen un alquiler o renta y se encuentren desempleados debido a la crisis del Covid-19, a quienes haya sufrido un ERTE, a quienes hayan visto reducida su jornada por cuidado de niños o personas mayores y a quienes se vean afectados por otras circunstancias que supongan una pérdida sustancial de ingresos.