Opiniones de los vecinos en Junta de Propietarios

Inviabilidad de que consten en el acta de una junta opiniones u observaciones del presidente o comuneros

En el acta no puede ni debe hacerse anotar los comentarios que los comuneros han realizado en la junta, ya que lo que consta en el art.19 LPH,- y así se les debe trasladar a ellos- es que en el acta solo se harán constar los acuerdos alcanzados. Pero nada más. En ningún apartado de la LPH se refleja que se pueden incluir en el acta cuestiones distintas de las reflejadas en el art.19 LPH.

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