Durante la vigencia del estado de alarma y hasta 3 meses después podrá tramitarse un procedimiento especial y sumario en materia de familia en tres supuestos: 1.- Régimen de visitas y custodia compartida que se hayan visto afectados por la situación de confinamiento; 2.- Revisión de medidas definitivas sobre cargas y pensiones entre cónyuges e hijos por circunstancias derivadas del COVID-19; y, 3.- establecimiento o revisión de alimentos entre parientes por igual causa.